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NOVEDADES IVA. BIENES DE CAPITAL. SALDO A FAVOR.

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Impuesto al Valor Agregado. Bienes de capital. Saldo a favor. Solicitud de acreditación. Requisitos, plazos y demás condiciones. Se reglamentan las formalidades a cubrir a fin de solicitar la utilización de Créditos Fiscales originados en la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital originados entre el 1 de Noviembre del 2000 y el 31 de Diciembre del 2002, para el pago de otros impuestos a cargo de este Organismo. Principales características: - Los créditos Fiscales deberán haberse mantenido como saldos técnicos durante un lapso no inferior a 12 períodos fiscales. - La solicitud de acreditación deberá efectuarse mediante transferencia electrónica de datos a través de la página web de esta Administración Federal ( http://www.afip.gov.ar ). - Para elaborar la solicitud se deberá utilizar el programa aplicativo AFIP-DGI ¿ Ley 25360 ¿ SALDOS A FAVOR ¿ Versión 1.0, el que podrá transferirse desde la página web del Organismo. Posteriormente ...